El perdón I-601A
/Un escenario común entre nuestros clientes es que el cliente tiene un pariente inmediato (cónyuge, padres, hijos menores de 21) que tiene o que puede hacerle una petición con el Formulario I -130 (que se explica en un blog anterior), pero el cliente entró a los EE.UU. sin una visa o inspección. Como existen leyes de inmigración en la actualidad, una persona que ha entrado en los EE.UU. sin una visa o inspección no puede procesar su residencia (green card), que normalmente se hace con el Formulario I- 485, mientras que esté en los EE.UU., debido a que no fueron originalmente inspeccionados ni admitidos (hay algunas excepciones). La persona que solicita la residencia tiene que hacerlo desde fuera de los EE.UU. a través del "proceso consular."
Sin embargo, los que han entrado en los EE.UU. sin una visa o inspección se enfrentan a un castigo de 3 o 10 años fuera de los EE.UU. para ser admitido a los EE.UU. a causa de su presencia ilegal. Por lo tanto, una persona que entró sin una visa o inspección puede tener que dejar para hacer el proceso consular, pero luego no puede ser permitido volver a causa de su presencia ilegal que tenía. Una solución a este problema es un perdón.
Específicamente, el perdón I-601A, "renuncia" del requisito de que la persona se le prohíbe ser admitido en los EE.UU. durante 3 ó 10 años . Básicamente, se perdona la presencia de una persona en los EE.UU. sin una visa o inspección. Aunque la persona todavía tiene que salir de los EE.UU. para el proceso consular, el tiempo fuera de los EE.UU. se limita a 2-3 semanas para procesar y hacer una entrevista. La decisión sobre el perdón I-601A se realiza antes que la persona salga de los EE.UU.
En general, para calificar para un perdón I-601A, el solicitante debe:
- Tener al menos 17 años de edad;
- Estar físicamente presente en los EE.UU.;
- Ser el pariente inmediato (cónyuge, padres, hijos menores de 21) de un ciudadano de los EE.UU. ;
- Contar con un I- 130 aprobado;
- Ser capaz de demostrar que su cónyuge ciudadano de EE.UU. o los padres van a sufrir dificultades extremas si no se concede la exención, tales como:
- Cuestiones de salud;
- Cuestiones Financieras;
- Cuestiones emocionales / psicológicos;
- Las oportunidades educativas ;
- No estar sujeto a ninguna otra causal de inadmisibilidad (deportaciones previas, múltiples entradas, antecedentes penales, etc )
Desafortunadamente, este perdón no se puede basar en los niños que son ciudadanos estadounidenses, sino solamente se puede basar en un(a) esposo(a) o (m)padre ciudadano(a) estadounidense. Como siempre, las circunstancias de los casos específicos pueden ser diferentes y requieren de una consulta exhaustiva con un abogado de inmigración.
L.I.H. Law es un bufete de abogados de inmigración de confianza, con nuestra oficina localizada en Seattle, cerca del Seattle Space Needle (2nd Ave y Denny Way).
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