¿Cómo se puede ver afectado mi caso de inmigración por la emergencia del Coronavirus o Covid-19? ¿Qué puedo hacer al respecto?
/Como sabe, el mundo se encuentra atravesando por una situación de emergencia debido a la pandemia ocasionada por el coronavirus o Covid-19 que ha afectado la economía mundial, la forma en que operan las agencias del gobierno, entre otras cosas. El tema de inmigración a los Estados Unidos también se ha visto afectado porque las agencias migratorias, los consulados y las Cortes de inmigración se encuentran operando de manera limitada. En este escrito vamos a hablar sobre las distintas formas en la que los casos de inmigración se han visto afectados y que puede hacer, si algo, en cuanto a ello.
1. ¿Qué casos se han visto afectados?
La gran mayoría de los casos ante el “United States Citizenship and Immigration Services” (USCIS), el Centro Nacional de Visas (NVC), Consulados y las Cortes de Inmigración se han visto afectados de alguna forma u otra. En las siguientes preguntas se discutirán algunas de las formas en la que los casos se han visto afectados en estas distintas agencias.
2. ¿Cómo se han visto afectados los casos ante USCIS? ¿Qué puedo hacer?
Desde el 8 de marzo de 2020, USCIS suspendió todo servicio que requiera contacto en persona con el público, y sus oficinas están cerradas para el público en general. De no extenderse nuevamente, el cierre de USCIS está previsto durar hasta el 4 de junio de 2020. Sin embargo, es importante aclarar que a pesar del cierre de USCIS, esta agencia continúa recibiendo aplicaciones de beneficio y emitiendo recibos para esas aplicaciones.
El cierre de las oficinas de USCIS afecta los casos de las siguientes formas:
¿Qué ocurre? |
¿Qué se puede hacer? |
Consultas de estatus. En estos momentos el NVC no está respondiendo a consultas generales de estatus. |
Si su caso se tramita a través del “Consular Electronic Application Center” (CEAC) usted puede acceder al portal de internet y conocer sobre el estatus de su caso y si hace falta documentación o información adicional. Usted puede acceder al CEAC en este enlace: https://ceac.state.gov/ceac/ (Ingles). El NVC sí está respondiendo a consultas basadas en situaciones médicas o humanitarias urgentes. Si tiene una situación médica o humanitaria urgente, debe específicamente indicar eso en su consulta. Para visas de inmigrante, puede enviar una consulta por internet a través del siguiente enlace: O llamando por teléfono al: (603) 334-0700. Para consultas sobre visas de no-inmigrante, el teléfono de contacto ha sido temporeramente suspendido, y el NVC no acepta consultas por fax o correo regular. Vea además: https://travel.state.gov/content/travel/en/contact-us/us-visas.html |
Pagos de cuotas. El NVC requiere el pago de ciertas cuotas para los casos. No pagar esas cuotas va a retrasar su caso ya que el NVC no lo puede procesar sin las cuotas.
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Si usted está impedido de pagar las cuotas de su caso porque se quedó sin trabajo, o porque le redujeron su horario, sepa que posiblemente muchas personas comparten su misma situación. Es recomendable que haga los pagos necesarios cuando pueda. NOTA IMPORTANTE: Tenga presente que el NVC tiene una regla de contacto anual que si usted incumple va a resultar en que esta agencia de por terminado su caso, y pierda la oportunidad de obtener el beneficio deseado. Si su caso es elegible para procesamiento de visa, usted debe comunicarse con el NVC cada año (contado a partir de la última comunicación) para evitar que terminen su caso. Siga las instrucciones en este enlace para comunicarse con el NVC y cumplir con la regla de contacto anual: https://travel.state.gov/content/travel/en/contact-us/us-visas.html Si bien usted puede llamar por teléfono al NVC, es recomendable que para cumplir con la regla de contacto anual contacte al NVC por Internet y conserve (imprima) copia de su comunicación. |
Revisión de casos. Aparentemente, el NVC continúa revisando el recibo de aplicaciones y/o documentos. De acuerdo con los periodos de espera publicados por el NVC, esta agencia se toma aproximadamente 2.5 meses en revisar documentos recibidos.
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Si su caso se tramita a través del “Consular Electronic Application Center” (CEAC) usted puede acceder al portal de internet y conocer sobre el estatus de su caso. A través del CEAC, el NVC envía mensajes sobre la revisión de los documentos o aplicaciones sometidas, dejándole saber si los documentos o aplicaciones están completas o si hay algo que falta o se debe corregir. Usted puede acceder al CEAC en este enlace: https://ceac.state.gov/ceac/ (Ingles). Ingrese a la página del CEAC periódicamente, y responda prontamente cualquier notificación de error. Si su caso no se tramita a través del CEAC, debe estar pendiente del correo para notificaciones del NVC. Cumpla prontamente con las notificaciones del NVC y mantenga su dirección al día con el NVC (consejo de como cambiar su dirección con el NVC más adelante). Recuerde la regla de contacto anual con el NVC descrita en el recuadro anterior bajo NOTA IMPORTANTE.
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Casos cuya recopilación de cuotas, aplicaciones y documentos han sido completados / Citas consulares. Lamentablemente, el NVC no está programando citas consulares para la mayoría de los casos. También, la entrada de varias categorías de inmigrantes ha quedado suspendida hasta el 22 de junio de 2020 (a menos que sea extendida) en virtud de una proclama del Presidente Trump firmada el 22 de abril de 2020 (para más información sobre esto último, vea nuestro blog sobre dicha proclama). |
Tanto el NVC como los consulados/embajadas de los Estados Unidos están operando limitadamente y se están enfocando en servicios críticos, tales como asistir a ciudadanos americanos que se han quedado varados fuera de Estados Unidos durante la pandemia. Hasta que el NVC resuma sus operaciones normales toca esperar para una cita consular. Se recomienda mantener su dirección al día (de correo y de correo electrónico), y consultar con su abogado por si usted puede hacer algo o necesita hacer algo adicional. El NVC, a manera de excepción, continúa trabajando, por ejemplo, en casos que presenten situaciones médicas o humanitarias urgentes, visas H-2, o visas para profesionales de la salud (en especial para aquellos que viene para ayudar a combatir la pandemia). |
3. ¿Cómo se han visto afectados los casos ante el Centro Nacional de Visas?
El Centro Nacional de Visa (NVC) se encarga de recibir las peticiones aprobadas por USCIS y que dependen de procesos ulteriores en los consulados de Estados Unidos. Una vez una petición está lista para procesos ulteriores, el NVC se encarga de recopilar las formas, documentación, y cuotas necesarias antes de transferir los casos a los consulados para citas consulares.
Durante esta pandemia el NVC está trabajando limitadamente. Se desconoce con exactitud cuando el NVC va a resumir operaciones normales.
Las operaciones limitadas del NVC afecta los casos de las siguientes formas:
¿Qué ocurre? |
¿Qué se puede hacer? |
Consultas de estatus. En estos momentos el NVC no está respondiendo a consultas generales de estatus. |
Si su caso se tramita a través del “Consular Electronic Application Center” (CEAC) usted puede acceder al portal de internet y conocer sobre el estatus de su caso y si hace falta documentación o información adicional. Usted puede acceder al CEAC en este enlace: https://ceac.state.gov/ceac/ (Ingles). El NVC sí está respondiendo a consultas basadas en situaciones médicas o humanitarias urgentes. Si tiene una situación médica o humanitaria urgente, debe específicamente indicar eso en su consulta.
Para visas de inmigrante, puede enviar una consulta por internet a través del siguiente enlace: O llamando por teléfono al: (603) 334-0700. Para consultas sobre visas de no-inmigrante, el teléfono de contacto ha sido temporeramente suspendido, y el NVC no acepta consultas por fax o correo regular. Vea además: https://travel.state.gov/content/travel/en/contact-us/us-visas.html |
Pagos de cuotas. El NVC requiere el pago de ciertas cuotas para los casos. No pagar esas cuotas va a retrasar su caso ya que el NVC no lo puede procesar sin las cuotas.
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Si usted está impedido de pagar las cuotas de su caso porque se quedó sin trabajo, o porque le redujeron su horario, sepa que posiblemente muchas personas comparten su misma situación. Es recomendable que haga los pagos necesarios cuando pueda.
NOTA IMPORTANTE: Tenga presente que el NVC tiene una regla de contacto anual que si usted incumple va a resultar en que esta agencia de por terminado su caso, y pierda la oportunidad de obtener el beneficio deseado. Si su caso es elegible para procesamiento de visa, usted debe comunicarse con el NVC cada año (contado a partir de la última comunicación) para evitar que terminen su caso. Siga las instrucciones en este enlace para comunicarse con el NVC y cumplir con la regla de contacto anual: https://travel.state.gov/content/travel/en/contact-us/us-visas.html Si bien usted puede llamar por teléfono al NVC, es recomendable que para cumplir con la regla de contacto anual contacte al NVC por Internet y conserve (imprima) copia de su comunicación. |
Revisión de casos. Aparentemente, el NVC continúa revisando el recibo de aplicaciones y/o documentos. De acuerdo con los periodos de espera publicados por el NVC, esta agencia se toma aproximadamente 2.5 meses en revisar documentos recibidos. |
Si su caso se tramita a través del “Consular Electronic Application Center” (CEAC) usted puede acceder al portal de internet y conocer sobre el estatus de su caso. A través del CEAC, el NVC envía mensajes sobre la revisión de los documentos o aplicaciones sometidas, dejándole saber si los documentos o aplicaciones están completas o si hay algo que falta o se debe corregir. Usted puede acceder al CEAC en este enlace: https://ceac.state.gov/ceac/ (Ingles). Ingrese a la página del CEAC periódicamente, y responda prontamente cualquier notificación de error. Si su caso no se tramita a través del CEAC, debe estar pendiente del correo para notificaciones del NVC. Cumpla prontamente con las notificaciones del NVC y mantenga su dirección al día con el NVC (consejo de como cambiar su dirección con el NVC más adelante). Recuerde la regla de contacto anual con el NVC descrita en el recuadro anterior bajo NOTA IMPORTANTE. |
Casos cuya recopilación de cuotas, aplicaciones y documentos han sido completados / Citas consulares. Lamentablemente, el NVC no está programando citas consulares para la mayoría de los casos. También, la entrada de varias categorías de inmigrantes ha quedado suspendida hasta el 22 de junio de 2020 (a menos que sea extendida) en virtud de una proclama del Presidente Trump firmada el 22 de abril de 2020 (para más información sobre esto último, vea nuestro blog sobre dicha proclama).
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Tanto el NVC como los consulados/embajadas de los Estados Unidos están operando limitadamente y se están enfocando en servicios críticos, tales como asistir a ciudadanos americanos que se han quedado varados fuera de Estados Unidos durante la pandemia. Hasta que el NVC resuma sus operaciones normales toca esperar para una cita consular. Se recomienda mantener su dirección al día (de correo y de correo electrónico), y consultar con su abogado por si usted puede hacer algo o necesita hacer algo adicional.
El NVC, a manera de excepción, continúa trabajando, por ejemplo, en casos que presenten situaciones médicas o humanitarias urgentes, visas H-2, o visas para profesionales de la salud (en especial para aquellos que viene para ayudar a combatir la pandemia). |
4. ¿Cómo se han visto afectados los casos ante los Consulados de Estados Unidos?
Todos los consulados de Estados Unidos han suspendido sus operaciones regulares para enfocarse en servicios de emergencia, en especial para ciudadanos americanos varados fuera de los Estados Unidos. Este cambio ha paralizado la mayoría de los procesamientos de visa salvo contadas excepciones.
Se desconoce con exactitud cuando los consulados van a resumir sus operaciones regulares. Con toda probabilidad, el resumen de las operaciones regulares va a variar de acuerdo con las condiciones del país/ciudad donde ubique un consulado. Asimismo, el procesamiento de visas a nivel consular ha sido limitado por la proclama del Presidente Trump firmada el 22 de abril de 2020 (para más información al respecto vea nuestro blog sobre esta proclama).
Entre los visados que los consulados continúan procesando se encuentran:
Casos que presenten situaciones de emergencia médica o humanitaria;
Visas H-2;
Visas para profesionales de la salud, en especial aquellos que vienen a asistir al control de la pandemia ocasionada por el coronavirus o Covid-19.
Para una lista de consulados/embajadas, puede acceder al siguiente enlace para información de contacto y página web de los consulados: https://www.usembassy.gov/ (Ingles)
La recomendación es mantenerse al pendiente de las noticias de su consulado, y si cualifica para continuar procesamiento de su caso, contactar al consulado siguiendo las instrucciones específicas de dicho consulado. Además, como recalcado anteriormente, es importante que mantenga su información de contacto al día con el consulado.
5. ¿Cómo se han visto afectados los casos ante las Cortes de Inmigración?
Las Cortes de Inmigración están operando limitadamente, y al momento quedan suspendidas todas las audiencias para personas que no están detenidas (es decir, en libertad) hasta el 29 de mayo de 2020 (a menos que extiendan la fecha).
¿Qué ocurre? |
¿Qué se puede hacer? |
Casos de personas detenidas. Las cortes de inmigración continúan llevan a cabo procedimientos de personas que se encuentran detenidas en Centros de Detención.
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Personas que se encuentran detenidas puede solicitar un “Parole” a ICE para que los dejen en libertad mientras sus casos están pendientes ante las Cortes de Inmigración, particularmente aquellos que puedan demostrar circunstancias humanitarias o que padecen de condiciones médicas que los hacen vulnerables al coronavirus o Covid-19. Si tiene alguna familiar detenido, y desea conocer sobre esta alternativa, puede contactar un abogado de inmigración especializado. |
Casos de personas no detenidas. Toda audiencia (Master Calendar- MCH o Individual Calendar- ICH) queda automáticamente suspendida hasta el 26 de junio de 2020. Puede que esta fecha sea extendida. Para conocer si esta fecha fue extendida, usted puede visitar el siguiente enlace: https://www.justice.gov/eoir/eoir-operational-status-during-coronavirus-pandemic |
Si su audiencia ante la Corte de Inmigración quedó cancelada, el personal de la Corte le enviará una nueva notificación de audiencia automáticamente sin que tenga que hacer algo o presentarse en la Corte. Debe recibir esa notificación a su última dirección en record. Por lo tanto, es indispensable que mantenga su dirección con la Corte al día. Usted puede llamar al siguiente número para conocer cuando es su próxima audiencia: 1-800-898-7180 (debe tener su número de extranjero a la mano, que comienza con la letra “A”). También, puede acceder a este enlace para ver cuando será su próxima audiencia: https://portal.eoir.justice.gov/InfoSystem/Form?Language=EN (Ingles) https://portal.eoir.justice.gov/InfoSystem/Form?Language=ES (Español) NOTA IMPORTANTE: Los jueces de inmigración no pueden tomar una decisión sobre su caso (en caso de que tenga una aplicación de beneficio pendiente) a menos que usted se haya tomado sus huellas. Si usted tenía una cita de huellas que quedó cancelada por la pandemia, es importante que usted se tome sus huellas antes de su audiencia final llamadas Cortes Individuales (Individual Calendar Hearing- ICH). Si usted va a su audiencia final sin haberse tomado las huellas, el juez puede denegar su caso por incumplimiento con este requerimiento. Las huellas se toman en USCIS, y para nuevas citas vea recuadro anterior sobre citas de huellas. Si necesita ayuda adicional, se recomienda consultar con su abogado. |
Casos de personas sujetas al “Migrant Protection Protocols” (MPP). Estas son aquellas personas que han sido regresadas a México por la duración de sus procesos de inmigración. El Departamento de Seguridad Nacional en conjunto con las Cortes de Inmigración emitieron un comunicado notificando la suspensión de todo servicio en persona desde el 10 de mayo de 2020 hasta el 8 de junio de 2020. Igualmente, toda audiencia hasta el 19 de junio de 2020 queda pospuesta. Si la suspensión de audiencia no es extendida, entonces toda persona con fecha de audiencia del 22 de junio de 2020 (incluyendo el 22 de junio) debe presentarse a la misma.
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Las instrucciones para las personas cuyas audiencias quedaron pospuestas es que deben presentarse en el puerto de entrada indicado en su notificación (“tear sheet”), exactamente un mes luego de la fecha de su audiencia (por ejemplo: si usted tenía una audiencia el 10 de mayo de 2020, debe presentarse el 10 de junio de 2020).
Si usted está bajo MPP y tiene abogado, consulte con el/ella por si debe hacer algo más.
Para conocer si las fechas aquí indicadas son extendidas, o si hay algún cambio de instrucciones, usted puede visitar el siguiente enlace: https://www.justice.gov/eoir/eoir-operational-status-during-coronavirus-pandemic |
Una vez la Corte resuma operaciones a lo mejor una situación personal no le permite acudir a una audiencia. Por ejemplo, si le da el coronavirus, o si está en cuarentena por haber estado en contacto con el coronavirus, o por alguna otra situación de emergencia.
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Si usted tiene abogado, déjele saber su situación inmediatamente para que este pueda solicitar la posposición de su audiencia lo antes posible. Si no tiene abogado, puede que sea momento de consultar uno. Si no lo hace, se recomienda que llame a la Corte de Inmigración donde se encuentra su caso y pregunte que puede hacer antes de su audiencia. Usted puede conseguir el número de teléfono de cada Corte de Inmigración por Internet. Recuerde que, si usted no asiste a una audiencia, el Juez lo puede ordenar deportado en ausencia. |
6. Consejos adicionales si tiene un case pendiente en USCIS, NVC, algún Consulado o en la Corte de Inmigración:
Guarde bien toda correspondencia que reciba;
Aunque estas agencias están operando de manera limitada, aún continúan operando. Si recibe alguna comunicación con alguna instrucción o fecha límite, sea diligente y cumpla con lo solicitado. No espere a que esta emergencia acabe, ya que puede ser tarde;
Si alguna emergencia personal le impide actuar con prontitud, guarde evidencia de su emergencia y/o lleve un diario donde anotar las situaciones que le han ocurrido;
Si utiliza el correo, envíe la correspondencia por correo certificado donde pueda corroborar el envío y recibo de documentos;
Si cambia de dirección o teléfono notifique inmediatamente:
A su abogado, si tiene uno;
A la Corte de Inmigración mediante la presentación de una Forma EOIR-33/IC
Ver: https://www.justice.gov/eoir/form-eoir-33-eoir-immigration-court-listing
A USCIS mediante la presentación de una Forma AR-11
Ver: https://www.uscis.gov/ar-11 (Ingles) / https://www.uscis.gov/es/formularios/ar-11 (Español)
Al NVC mediante el envío de una consulta de caso o por teléfono (preferiblemente por internet y conservando copia):
Ver: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/ask-nvc.html (Ingles)
Ver además: https://travel.state.gov/content/travel/en/contact-us/us-visas.html (Ingles)
A los Consulados, siguiendo las instrucciones del consulado específico (no todos los consulados tienen el mismo proceso para consultas).
Ver: https://www.usembassy.gov/ (Ingles)
Si llama a alguna de estas agencias, pida el nombre de la persona con la que habló y haga una nota sobre la llamada, incluyendo la fecha y el nombre de la persona con la que habló;
Si no tiene abogado, a lo mejor es momento de consultar uno.
Consulte las páginas web de estas agencias, regularmente están proveyendo comunicados en cuanto a sus operaciones y/o cambios debido a esta pandemia:
USCIS vea: https://www.uscis.gov/ (Ingles) / https://www.uscis.gov/es (Español) [Presione el enlace que dice Respuesta de USCIS al Coronavirus];
NVC vea: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/immigrate/the-immigrant-visa-process/step-1-submit-a-petition/step-2-begin-nvc-processing.html (Ingles) [Presione donde dice COVID-19 – Visa Services and Restrictions];
Corte de Inmigración vea: https://www.justice.gov/eoir/eoir-operational-status-during-coronavirus-pandemic (Ingles).
Nota
Este blog es puramente informativo y no pretende sustituir el consejo legal de un abogado en cuando a casos específicos. Por esto es importante que consulte con un abogado especializado. Estamos haciendo consultas por telefono y videoconferencia, llamanos al 206-838-7628 para programar consulta.