COVID-19 (Coronavirus)
/Estimados clientes y comunidad Latina:
Estamos pasando por momentos extremadamente difíciles bajo los cuales nos enfrentamos a cambios drásticos e inesperados. Sepa que nos solidarizamos con usted y que no está solo. Todos estamos en iguales condiciones, pero si ponemos de nuestra parte y seguimos las recomendaciones de las autoridades y los profesionales de la salud saldremos adelante. En nuestra oficina, aunque hemos tomado medidas para garantizar la seguridad de nuestros clientes y empleados en nuestro entorno, continuamos trabajando y ofreciendo consultas por teléfono o video conferencia para asistirles.
Con este mensaje, queremos informales que impacto, si alguno, tiene el que inmigrantes busquen o utilicen servicios médicos con relación al “coronavirus” o “Covid-19.”
¿Yo soy inmigrante y tengo miedo de buscar servicios de detección y tratamiento médico para el Covid-19 por la nueva regla de carga publica?
Las autoridades migratorias han dicho específicamente que NO van a tomar en consideración el uso de servicios médicos de detección y tratamiento para el Covid-19 para determinar si usted podría ser una carga pública. Esto aplica tanto a inmigrantes con estatus legal como a inmigrantes sin estatus legal. Por lo tanto, si usted necesita hacerse las pruebas del Covid-19 o si necesita tratamiento para la enfermedad, le exhortamos a que busque la ayuda necesaria de inmediato. Recuerde que, de no hacerlo, pone en riesgo su salud y la salud de las personas que lo rodean.
Okay, los inmigrantes podemos buscar atención médica para el Covid-19, ¿pero quién va cubrir los costos?
Ahora mismo es ley que el gobierno tiene que cubrir los gastos relacionados a los exámenes de detección del coronavirus (tenga usted estatus legal o no en los Estados Unidos), no así el costo relacionado al tratamiento de la enfermedad. Si necesita tratamiento debe consultar con su proveedor de aseguranza médica en cuanto a costos de tratamiento. Si no tiene aseguranza médica, entonces los costos de tratamiento no están cubiertos.
El asunto de cobertura de costos está cambiando en la medida que las autoridades estatales o federales anuncian medidas adicionales para ayudar a la población. Es importante que se mantenga al día con lo que sucede en el país y su Estado para ver si nuevas ayudas podrían asistirle.
Varios Estados han anunciado la reapertura de los términos para acogerse a un plan de salud bajo el “Affordable Care Act” (ACA)!
Usualmente, los periodos de inscripción para aseguranzas corren entre Noviembre y Diciembre de cada año. Varios Estados, incluyendo Washington, han reabierto ese plazo para ofrecerles a la población la opción de acogerse a un plan médico si no lo hicieron. En el caso de Washington la nueva fecha límite es hasta el 8 de abril de 2020.
Para más información sobre elegibilidad ver: https://www.insurance.wa.gov/when-can-i-buy-individual-health-plan
Lo dicho en este renglón, NO debe mezclarse con lo dicho en los anteriores. Usted NO necesita aplicar para un plan médico (si no tiene uno) para obtener el beneficio de que le cubran los gastos de pruebas de detección del coronavirus según antes indicado. Donde este renglón podría ayudarle es en el caso de costos de tratamiento si no cuenta con una aseguranza médica.
**OJO- acogerse a un plan médico de ACA sí pudiera representar un beneficio público bajo la regla de carga pública en algunos casos. Sin embargo, ya que las autoridades migratorias han dicho que no van a considerar el uso de beneficios públicos para detección o tratamiento del Covid-19 para la determinación de carga pública, usted podría reclamar esta excepción si decide aplicar para un plan médico. Claro está, la excepción SOLO va a aplicar en cuanto a los costos relacionados a tratamiento de Covid-19, y no así con relación a tratamiento de cualquier otra enfermedad o padecimiento. También, tenga en consideración que puede aplicar para un plan médico para algún miembro de su familia que lo necesite, por ejemplo si es para un ciudadano americano o residente permanente, sin que ello le perjudique a la persona que está sometiendo la aplicación a favor de la personal con estatus legal. También, sepa que el uso de Medicaid para mujeres embarazadas o para menores de 21 años, sin importar su estatus legal, no se consideraría como beneficio público para la regla de carga pública.**
Esperamos que esta información sea de utilidad, y les deseamos que se mantengan seguros durante la crisis. Por favor, tenga presente que esta información no pretende sustituir una consulta para casos específicos, sino más bien dar una guía general que sea de asistencia.
Si usted tiene preguntas adicionales en cuanto a su caso en particular, recomendamos que haga una consulta con la oficina si su duda se relaciona a asuntos de inmigración.
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Las abogadas de inmigración y el personal profesional de L.I.H. Law están dedicados a proveer la solución correcta para cumplir con las necesidades de inmigración de nuestros clientes. Nuestro personal entero es fluente en español.